La SCJN ordena que el 10% del FAIS se entregue directamente a pueblos indígenas y afromexicanos
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó por unanimidad la asignación directa de recursos públicos para infraestructura social, rechazando las demandas de 12 municipios que alegaban pérdida de autonomía.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad una resolución que obliga a los municipios a entregar de manera directa al menos el 10% de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Esta medida busca garantizar que estos grupos reciban fondos para definir sus propiedades y atender necesidades básicas como agua potable, drenaje, electrificación y mejoramiento de vivienda, sin la intermediación de las autoridades locales.
Rechazo a las controversias constitucionales
La decisión judicial desestimó los argumentos presentados en 12 controversias constitucionales promovidas por alcaldías y municipios de diversas entidades, entre ellos la alcaldía Cuauhtémoc de la Ciudad de México, San Nicolás de los Garza (Nuevo León) y Metepec (Estado de México). Los promoventes alegaban que la medida violaba su autonomía hacendaria y que la Secretaría de Bienestar actuaba como una autoridad intermedia prohibida por la Constitución. Sin embargo, la Corte determinó que las aportaciones federales del FAIS tienen destinos específicos y no están sujetas al régimen de libre administración municipal, por lo que la asignación directa respeta la autonomía local al armonizarla con el mandato constitucional de proteger los derechos de estos pueblos.
La resolución valida las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2026, que facultan a la Secretaría de Bienestar a emitir los lineamientos administrativos del fondo. Para el ejercicio fiscal actual, el componente específico para estos grupos, conocido como FAISPIAM, cuenta con un presupuesto de 13 mil 506 millones de pesos, equivalente al 10% de los recursos totales del FAIS. Los magistrados precisaron que los lineamientos que emita la dependencia deberán ajustarse estrictamente a los límites previstos en la legislación aplicable.
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, calificó la sentencia como un paso histórico hacia la justicia real, señalando que cierra una etapa en la que los derechos de estas comunidades fueron limitados. Por su parte, el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, autor de los proyectos de resolución, destacó que la medida representa un avance para hacer efectivos derechos históricamente postergados y garantizar una auténtica igualdad, fortaleciendo el reconocimiento de estas comunidades como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Contexto
La reforma al artículo 2 constitucional de septiembre de 2024 reconoció a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público, otorgándoles personalidad jurídica, patrimonio propio y la capacidad para recibir y administrar directamente las asignaciones presupuestales. Antes de esta validación judicial, existían disputas legales entre el gobierno federal y diversos municipios sobre la administración de estos fondos, argumentando que la intervención de la Secretaría de Bienestar vulneraba la autonomía municipal.
Fuentes
Esta información se ha elaborado a partir de 2 fuentes:
- vanguardia.com.mx — SCJN ordena la entrega directa de recursos públicos a pueblos indígenas y afromexicanos
- contralinea.com.mx — SCJN valida entrega del 10 por ciento del FAIS a pueblos indígenas y afromexicanos
Texto redactado con asistencia de inteligencia artificial a partir de las fuentes citadas. Así trabajamos.


